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Compatibilidades y Permisos
COMPATIBILIDAD

Al tratarse la FFIS de una entidad del Sector Público, le es de aplicación la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. A continuación se detallan los trabajadores que han solicitado la compatibilidad entre su puesto de trabajo en la FFIS y el desempeño de otra actividad y han obtenido informe favorable sobre la misma. El órgano competente para la resolución de las compatibilidades es la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios y en ningún caso por la FFIS.

APELLIDOS Y NOMBRE INICIALESCONSEJERIA U OO.AA TIPO ACTIVIVD AUTORIZADACUENTA PROPIA/AJENA Nº HORAS SEMANALES AUTORIZADAS FECHA ORDEN RECONOCIMIENTO CONCEDIDA HASTA HORARIO ENTIDAD